La Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) acordó recientemente que en el etiquetado y presentación de los vinos no se puede emplear la mención “Vino Natural”, ya que no está regulada en la normativa específica y se trata de una mención ambigua y confusa, que induce a error o confusión al consumidor, incumpliendo el artículo 7 y el artículo 36 del RUE 1169/2011 (por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas).
Según el acuerdo, la mención “Vino Natural” no está regulada para los vinos, al no figurar en toda la normativa específica que regula el etiquetado y presentación de estos y al no coincidir tampoco con las categorías o tipos de los productos vitícolas recogidas en RUE 1308/2013.
En la discusión, se observa que la mención “Vino Natural” al no estar regulada para vinos se trata de una mención ambigua y confusa para el consumidor, ya que no están establecidas las condiciones de elaboración y/o las características del producto para poder calificarse como “Vino Natural”. Podrían existir en el mercado una cantidad enorme de vinos calificados como “Vinos Naturales” siendo productos totalmente distintos, dependería del criterio del operador, que podría establecer unilateralmente que un método de elaboración o una característica determinada del vino le aportaría esa cualidad de natural.
Asimismo, considera que su empleo podría llevar a error, pues el consumidor medio puede percibir que la indicación “Vino Natural” se refiere a un producto de mayor calidad y más saludable que el “vino”, sugiriendo diferencias sustanciales en su composición y naturaleza.
Pueden descargar el texto del acuerdo completo en el siguiente enlace del Ministerio de Agricultura: https://www.mapa.gob.es/app/armonorcali/Fichero.aspx?id=ES&idConsulta=147