¿Qué es un Enólogo o una Enóloga?
Es la persona profesional especializada en viticultura y enología que dispone de la titulación universitaria oficial o de la habilitación profesional reconocida por la normativa vigente para ejercer las funciones propias de la profesión.
La profesión está reconocida en España por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, y desarrollada por el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio.
¿Quién puede utilizar profesionalmente la denominación de Enólogo o Enóloga?
Con carácter general, podrán utilizar esta denominación quienes dispongan de:
- Título universitario oficial de Licenciatura en Enología.
- Título universitario oficial de Grado en Enología.
- Habilitación profesional reconocida conforme al Real Decreto 595/2002.
¿Es una profesión regulada?
Sí.
La profesión de Enólogo y Enóloga se encuentra reconocida por la legislación española, especialmente a través de la Ley 50/1998 y del Real Decreto 595/2002. Este último continúa vigente en lo sustancial, si bien su artículo 8 (relativo a la Comisión de análisis) fue derogado por el Real Decreto 776/2011, de 3 de junio.
¿Qué diferencia existe entre un Enólogo o Enóloga y otros perfiles técnicos del sector vitivinícola?
La normativa española reconoce distintos perfiles profesionales dentro del sector vitivinícola.
Entre ellos destacan:
- Enólogo o Enóloga.
- Técnico Especialista en Vitivinicultura.
- Técnico en Elaboración de Vinos.
Cada uno posee competencias y responsabilidades específicas.
El Real Decreto 595/2002 configura al Enólogo o Enóloga como la persona profesional con mayor nivel de responsabilidad técnica en el ámbito de la Enología.
¿Puede cualquier persona dirigir técnicamente una bodega?
La dirección empresarial o de gestión de una bodega puede corresponder a distintos perfiles profesionales.
Sin embargo, determinadas actuaciones técnicas, prácticas enológicas y responsabilidades relacionadas con la elaboración del vino pueden requerir la intervención de personal técnicamente cualificado conforme a la normativa aplicable.
¿Qué son las prácticas enológicas?
Son las operaciones, tratamientos y procedimientos autorizados para la elaboración, conservación y mejora de los productos vitivinícolas.
Estas prácticas se encuentran reguladas por la normativa de la Unión Europea y por la normativa nacional y autonómica aplicable.
¿Qué normativa regula las prácticas enológicas?
Entre otras disposiciones:
- Reglamento (UE) 1308/2013, modificado de forma sustancial por el Reglamento (UE) 2026/471, de 24 de febrero de 2026 (reforma del régimen de autorizaciones de plantación y de las normas de comercialización y apoyo sectorial).
- Reglamento Delegado (UE) 2019/934, en su versión consolidada vigente, actualizada por última vez por el Reglamento Delegado (UE) 2024/3085.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/935, igualmente en su versión consolidada vigente.
- Reglamento (UE) 2024/1143, de 11 de abril de 2024, sobre indicaciones geográficas en el sector vitivinícola, entre otras disposiciones europeas conexas.
- Normativa nacional y autonómica de desarrollo.
¿Por qué es importante la figura del Enólogo o Enóloga, Técnico o Enotécnico?
Porque contribuye a garantizar:
- La calidad del vino.
- La seguridad alimentaria.
- La trazabilidad de los procesos.
- El cumplimiento de la normativa vitivinícola.
- La protección de las personas consumidoras.
- La reputación de las denominaciones de origen y de los vinos españoles.
¿La FEAE puede determinar si existe intrusismo profesional?
No.
La FEAE puede analizar situaciones que se le comuniquen y valorar posibles actuaciones institucionales, administrativas o jurídicas.
La calificación definitiva de una conducta como infracción administrativa, competencia desleal, publicidad engañosa o intrusismo profesional corresponde a las autoridades administrativas y judiciales competentes.
¿Por qué existe un Canal de Defensa de la Profesión?
Porque la Federación tiene entre sus fines la protección de la profesión de Enólogo y Enóloga, la promoción de la calidad técnica y científica de la Enología y la defensa de los intereses legítimos de quienes ejercen esta profesión conforme a la legislación vigente.